04/12/2024

Protocolo antiprotesta: Patricia Bullrich no pudo correr al juez Casanello | El magistrado rechazó deshacerse de la causa



Patricia Bullrich no logró correr al juez Sebastián Casanello de la causa en la que se dirime la constitucionalidad del protocolo antiprotesta. El magistrado rechazó un planteo que había hecho el Ministerio de Seguridad de la Nación para que el expediente, que impulsa la legisladora porteña María Celeste Fierro, pasara a los tribunales penales ordinarios con sede en la Ciudad de Buenos Aires.

Bullrich le había reclamado a Casanello que declinara la competencia de la causa. Lo hizo después de que la Cámara Federal, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, dejara sin efecto una cautelar que había dictado el titular del Juzgado Federal 7 de Comodoro Py para que las fuerzas de seguridad adecuaran su accionar a la Constitución nacional y los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

Sin embargo, el juez denegó el pedido del Ministerio de Seguridad. Lo hizo después de que la fiscal Paloma Ochoa y Celeste Fierro, referente del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), opinaran que debía rechazar el planteo.

Para Fierro, la presentación de Bullrich era inoportuna y dilatoria. Según afirmó la legisladora porteña, la ministra ya había convalidado la actuación de la justicia federal de Comodoro Py porque el miércoles pasado se presentó a la audiencia que convocó Casanello.

El Ministerio de Seguridad sostiene que no debe intervenir la justicia federal de Comodoro Py y que la cuestión no debe tramitar como un hábeas corpus porque no se está ante una detención ilegal ni ante la posibilidad de que exista.

En el fallo, Casanello recordó que fue la Cámara en lo Contencioso Administrativo la que resolvió que el tema tramitara el fuero penal y como un hábeas corpus porque es el procedimiento que corresponde cuando se denuncia un acto u omisión de autoridad pública que implica la limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria.

La causa fue inicialmente al juzgado nacional 28 –que tiene competencia únicamente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Ese juzgado se declaró incompetente y le envió el expediente a Casanello por entender que era una competencia federal. Entre otras razones, argumentó que la resolución 943 fue dictada por el Ministerio de Seguridad de la Nación para regular la actuación de las fuerzas de seguridad federales y que su ámbito de aplicación excede el de la Ciudad de Buenos Aires.

Casanello recordó que un hábeas corpus puede tener una naturaleza reparadora si la lesión ya fue consumada o preventiva para impedir que se produzcan detenciones. Según el juez, este instrumento es válido “para denunciar una amenaza al ejercicio de derechos constitucionales fundamentales que hacen al nervio de nuestro sistema democrático”.

El juez, además, señaló que había aceptado la competencia porque existe el “deber de asegurar una tutela judicial efectiva”.

Bullrich puede recurrir la decisión del juez ante la Cámara Federal, que es el tribunal que anuló la cautelar que había dictado Casanello. En ese fallo, Irurzun y Farah habían señalado que Casanello no había evaluado si era competente para entender en el planteo de Fierro.

Bullrich y los abogados del Ministerio de Seguridad están citados para el miércoles a las 11 para continuar la audiencia que se inició el miércoles pasado. Desde su red social X, Fierro afirmó que la convocatoria fue ratificada por el juez Casanello. “Vamos a concentrar fuertemente ese día, porque más que en la Justicia, nuestra confianza está en la calle”, subrayó la legisladora.

La ministra de Seguridad y sus funcionarios están confiados después del fallo de la Cámara del jueves pasado. Fernando Soto, director de normativa y enlace con el Poder Judicial del Ministerio de Seguridad y ex abogado del policía Luis Chocobar, es uno de los que canta victoria en redes sociales. Según Soto, la Cámara había anulado el hábeas corpus. “El protocolo antipiquetes es absolutamente legal y constitucional. Ley y orden”, escribió, pese a que ninguno de los tres camaristas que firmaron el fallo hablaron de la constitucionalidad de la resolución con la que Bullrich busca evitar que haya protestas con cortes de calles o rutas y que ya cosechó cuestionamientos de tres relatores de la Organización de Naciones Unidas (ONU).



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